El próximo 30 de junio vence para los contribuyente con cierre 31 de diciembre:

1. Primera partida de la renta estimada

2. Primera partida del seguro educativo (personas naturales)

3. El impuesto complementario (personas jurídicas)

4. La presentación del formulario 930 de Precio de
Transferencia.

Adicionalmente, para todos los que aplicaron a la Ley de
Amnistía vence el plazo para el pago.

Al 15 de julio vence:

1. La Planilla 03 de los 5 primeros meses del 2022.

2. El pago de las tasas únicas de las sociedades que fueron
constituidas entre el 1 de enero y el 30 de junio.

El 30 de julio:

Último día que las entidades públicas recibirán otro tipo de factura que no sea la factura electrónica. Luego de esta fecha todo el que contrata con el Gobierno sea persona natural o jurídica deben facturar con factura electrónica.

“Eviten recargo, intereses y multasinnecesarias, el cumplimiento en las fechas establecidas es la clave”